Aviso por el que se da a conocer la invitación a las empresas dedicadas al ramo de administración y operación de parques de diversiones, a participar en la presentación de proyectos para desarrollar un parque de diversiones en una superficie de 59,734.37

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA INVITACIÓN A LAS EMPRESAS DEDICADAS AL RAMO DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DE PARQUES DE DIVERSIONES, A PARTICIPAR EN LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS PARA DESARROLLAR UN PARQUE DE DIVERSIONES EN UNA SUPERFICIE DE 59,734.37 METROS CUADRADOS, LOCALIZADA EN LA SEGUNDA SECCIÓN DEL BOSQUE DE CHAPULTEPEC.

 

 OBJETIVO. Presentar proyectos para el desarrollo, instalación y operación de un parque de diversiones en la Segunda Sección del Bosque de Chapultepec de la Ciudad de México, que ofrezca a sus visitantes variedad de atracciones, juegos mecánicos y dispositivos de diversión destinados al entretenimiento, bajo condiciones de seguridad y a precios accesibles. Para cumplir con dicho objetivo, el Gobierno de la Ciudad, a través de la Secretaría del Medio Ambiente, por conducto de la Dirección General del Sistema de Áreas Naturales Protegidas y Áreas de Valor Ambiental convoca a las empresas dedicadas al ramo para que presenten proyectos que atiendan los criterios técnicos, de operación, de seguridad y de conservación del medio ambiente, bajo estándares nacionales e internacionales

Vigencia | del 12 Noviembre 2019 al 16 Diciembre 2019

II. BASES.

1. Definiciones.

AIMS International (Amusement Industry Manufacturers & Suppliers) Fabricantes y Proveedores de la Industria de la

Diversión.

CONSEJO RECTOR: El Consejo Rector Ciudadano del Bosque de Chapultepec.

DECRETO: Decreto por el que se Declara como Área de Valor Ambiental del Distrito Federal al Bosque de Chapultepec,

publicado en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal el 2 de diciembre de 2003.

DGBCH: La Dirección de Gestión del Bosque de Chapultepec.

DGSANPAVA: La Dirección General del Sistema de Áreas Naturales Protegidas y Áreas de Valor Ambiental.

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ESPACIO: Predio ubicado en la segunda sección del Bosque de Chapultepec, con una superficie de 59,374.37 m2

.

FIDEICOMISO PRO BOSQUE: El Fideicomiso Pro Bosque de Chapultepec.

IDENTIDAD GRÁFICA: Símbolos conformados por imágenes y/o letras que servirán para identificar el espacio.

INFRAESTRUCTURA EXISTENTE: Son los juegos mecánicos propiedad de la Ciudad de México, que se indican a

continuación:

1. Avión del amor (fuera de servicio);

2. Batidora;

3. Martillo;

4. Montaña Rusa;

5. Rueda Doble;

6. Sombrillas

7. Tazas locas, y

8. Látigo infantil.

INTERESADO: Empresas nacionales o internacionales dedicadas a la administración y operación de parques de

diversiones.

MEMORIA DEL PROYECTO: Descripción de los diversos aspectos de la instalación de los juegos mecánicos y

dispositivos de diversión y en su caso, de las edificaciones necesarias, incluyendo la normativa a cumplir, pliegos de

condiciones, entre otros.

NAARSO: (National Association of Amusement Ride Safety Officials) Asociación Nacional de Oficiales de Seguridad

en Juegos Mecánicos.

NORMAS ACI (American Concrete Institute): Normas que regulan los requisitos mínimos para el diseño y construcción

de estructuras de partes de hormigón de cualquier estructura levantada bajo los requisitos de un código de edificación.

NORMAS ASTM (American Society for Testing and Materials o ASTM International): Normas en materia de

operación de parques de diversiones emitidas por la Sociedad Americana para Pruebas y Materiales, por sus siglas en inglés

(American Society for Testing and Materials o ASTM International), organización de normas internacionales que desarrolla

y publica acuerdos voluntarios de normas técnicas para materiales, productos, sistemas y servicios.

NORMAS ISO (International Organization for Standardization): Normas en materia de operación de parques de

diversiones emitidas por la Organización Internacional de Normalización o Estandarización, que se dedica a la creación de

normas o estándares para asegurar la calidad, seguridad y eficiencia de productos y servicios.

NORMAS NFPA (National Fire Protection Association): Organización encargada de crear y mantener las normas y

requisitos mínimos para la prevención contra incendio, capacitación, instalación y uso de medios de protección contra

incendio, utilizados tanto por bomberos, como por el personal encargado de la seguridad.

NORMAS Y CRITERIOS TÉCNICOS: Normas oficiales mexicanas y/o internacionales; criterios técnicos de instalación,

mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo de las atracciones que acrediten la solvencia técnica de la propuesta.

PROGRAMA DE MANEJO: El Programa de Manejo del Área de Valor Ambiental del Distrito Federal, con la categoría

de Bosque Urbano denominada “Bosque de Chapultepec”.

PARQUE DE DIVERSIONES: Complejo en el cual se asientan numerosas y diversas construcciones utilizadas para el

esparcimiento y la diversión.

PLAN DE NEGOCIOS: Corridas financieras, incluyendo los beneficios adicionales para el Bosque de Chapultepec, tales

como: cortesías o aportaciones en especie y/o económicas.

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PLANOS: Planos del proyecto.

PORTAL WEB: El vínculo electrónico www.sedema.cdmx.gob.mx

PROYECTO ARQUITECTÓNICO: Conjunto de planos, dibujos, esquemas y textos explicativos utilizados para plasmar

(en papel, digitalmente, en maqueta o por otros medios de representación) en el que se establezcan las características de los

materiales (sustentables) y ecotecnologías a usar; cronograma de obra y actividades para poner en marcha el proyecto, así

como la propuesta de catálogo de precios con respecto a los productos o servicios ofertados.

PROYECTO: Es la propuesta que se presente con respecto al espacio.

SEDEMA: Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México.

UNIDAD DE VERIFICACIÓN: Es la persona física o moral que mediante la constatación ocular o comprobación

mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio o examen de documentos, evalúa la conformidad con una norma

oficial mexicana, de un sistema sujeto a ésta.

2. Lineamientos generales del proyecto.

2.1. Las propuestas podrán incluir una o varias combinaciones de proyectos relacionados con:

2.1.1. Parques de diversiones con juegos mecánicos (estáticos y dinámicos).

2.1.2. Parques temáticos, que de manera enunciativa más no limitativa, podrán ser:

a) Que conmemoren un acontecimiento histórico.

b) Basado en personajes míticos o de atractivo popular.

c) Enfocado a un recurso natural.

d) Enfocados a los multimedia y realidad virtual.

e) Parques con temas geográficos.

f) Cualquier otro relacionado con la presente Invitación.

2.1.3. Parques asociados a un producto educativo o de entretenimiento en particular.

2.2. Las propuestas deben contemplar:

a) Áreas de convivencia familiar.

b) Atracciones para todas las edades, que propicien distintas experiencias sensoriales con diferentes niveles de

intensidad.

c) Áreas de alimentos y bebidas (incluidos almacenes, bodegas y cámaras de refrigeración).

d) Área de fotografía.

e) Servicio de guarda bultos.

f) Servicio de traslado de infantes, adultos mayores o personas con discapacidad (renta de carriolas y sillas de

ruedas).

g) Venta de recuerdos.

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h) Cualquier otra relacionada.

2.2.1. Deberán considerar instalaciones adecuadas para el desarrollo propio de cada una de las referidas actividades.

2.2.2. Tanto la construcción de las instalaciones como la operación de las áreas en cita, deberán ser amigables con el

medio ambiente, dado que el espacio forma parte de un Área de Valor Ambiental, por lo que deberá observarse

en todo momento, lo dispuesto en el Programa de Manejo, así como el marco normativo que regula dichos

espacios.

2.2.3. Las propuestas deberán contener las medidas necesarias para dar cumplimiento a todas y cada una de las

obligaciones ambientales de los tres órdenes de gobierno.

2.3. Toda la documentación deberá presentarse en idioma español. En caso de documentos que estén en un idioma diferente,

deberán presentar la traducción elaborada por peritos acreditados.

2.4. En su caso, considerar dentro de la propuesta, la infraestructura existente para su rehabilitación, chatarrización o

escenografía, considerando el impacto económico y su correspondiente rembolso.

3. Seguridad, Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.

3.1. Los interesados presentarán como parte del Proyecto los siguientes documentos:

3.1.1. Respecto de los juegos mecánicos y dispositivos de diversión:

a) Carta compromiso de que, previo a la puesta en marcha de los juegos mecánicos y dispositivos de diversión, se

contará con una auditoría de todos y cada uno de ellos, realizada por auditores certificados por AIMS o

NAARSO.

b) Carta compromiso de que se presentarán auditorías anuales de operación y mantenimiento por auditores

certificados por AIMS o NAARSO.

c) Carta compromiso de que los procesos de operación, instalación, funcionamiento e inspección de juegos

mecánicos y dispositivos de diversión se sujetarán a lo que señalan las Normas ASTM: F747-06, F770-18; F

1159, F2291, F2137, F1193 y F2274-19.

d) Carta compromiso de que los juegos mecánicos nuevos, usados o reconstruidos que se pretendan instalar en el

parque de diversiones se sujetarán a las disposiciones de la ASTM.

e) Carta compromiso de constancia de seguridad estructural de todos y cada uno de los juegos mecánicos y

dispositivos de diversión que lo requieran en los términos del Reglamento de Construcciones para el Distrito

Federal.

f) Carta compromiso de dictamen de Unidad Verificadora de cumplimiento con lo señalado en las Normas

Oficiales Mexicanas respecto de las instalaciones eléctricas.

g) Carta compromiso de cumplimiento con lo señalado en las Normas Oficiales Mexicanas, Normas ASTM,

Normas EN y Normas ISO, ACI y NFPA, aplicables en materia de instalación, operación, mantenimiento y

seguridad de parques de diversiones, mediante los documentos respectivos.

h) Propuesta de Programa de auditoría externa periódica, que acredite el cumplimiento de la aplicación de normas

y criterios técnicos en materia de instalación, operación, mantenimiento y seguridad.

i) Propuesta de capacitación técnica en procesos de operación e inspección a los operadores de los juegos

mecánicos y dispositivos de diversión y en su caso, su certificación.

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j) Propuesta de capacitación especializada a los operadores en materia de gestión integral de riesgos y protección

civil.

k) Propuesta conceptual de mantenimiento preventivo y predictivo.

l) Propuesta conceptual de procedimientos generales de paro y de atención a emergencias por falla de juegos

mecánicos y dispositivos de diversión.

m) Plan de señalización con las condiciones y restricciones de uso recomendadas por el fabricante o instalador.

3.1.2. Respecto al parque de diversiones:

a) Proyecto de redistribución de espacios a efecto de cumplir con la Norma NFPA 101 Código de Seguridad

Humana.

b) Proyecto para la colocación, rehabilitación y en su caso, habilitación de rutas de evacuación y salidas de

emergencia.

c) Programa de rehabilitación, operación y mantenimiento de sistemas fijos contra incendio.

d) Programa de instalación, señalización y mantenimiento de extintores.

e) Programa de instalación de sistemas de detección y supresión de incendios en cocina.

f) Programa para contar con constancias de seguridad estructural para los espacios cerrados, en los términos del

Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.

g) Programa de instalación de alertamiento sísmico con equipos receptores de acuerdo a la Norma Técnica NTSGIRPC-ERAS-001-2019 o la que la sustituya.

h) Programa para la señalización en materia de protección civil conforme a la NOM-003-SEGOB-2011.

i) Propuesta para el servicio médico que incluya la descripción del personal que proporcionará el servicio como:

médico responsable, personal de enfermería y técnicos en atención médica prehospitalaria; propuesta de

equipamiento del servicio médico incluyendo: DEA (Desfibrilador Externo Automático), equipo de

empaquetamiento, botiquines portátiles de primer contacto, vehículo para el traslado interno de lesionados y

botiquín de trauma, compromiso de programa de capacitación al personal del servicio médico en: BLS (Basic

Life Support), ACLS (Advanced Cardiac Life Support), BTLS (Basic Trauma Life Support), PHTLS (Pre

Hospital Trauma Life Support) y PALS (Pediatric Advanced Life Support), compromiso de contratación al

personal de atención médica prehospitalaria con cédula profesional o Certificación en el Estándar de

Competencia EC0307 “Atención Prehospitalaria Nivel Básico” del Consejo Nacional de Normalización y

Certificación de Competencias Laborales (CONOCER).

j) Propuesta para el sistema de iluminación de emergencia.

k) Compromiso de instalación y operación de cableado eléctrico canalizado y con empalmes bien ejecutado y

accesorios eléctricos fijos.

l) Carta compromiso para contar con dictamen de instalaciones eléctricas por Unidad Verificadora.

m) Carta compromiso para contar con dictamen de instalaciones de gas L.P. y/o natural expedido por Unidad

Verificadora.

n) Carta compromiso de contar con póliza de responsabilidad civil no cancelable, que cubra e indemnice a los

terceros en sus bienes y personas.

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ñ) Carta compromiso de elaborar el Programa Interno de Protección Civil y contar con toda la información y

documentos que para estos exigen la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, su Reglamento y

las Normas Técnicas y Términos de Referencia aplicables.

o) Carta compromiso de contar con Circuito Cerrado de Televisión.

p) Carta Compromiso de contar con el servicio de seguridad privada, con los registros y/o autorizaciones que prevé

la normatividad en la materia.

q) Proyecto de rehabilitación y/o remodelación de bardas o rejas perimetrales, incluidos mecanismo de control

contra intrusión.

r) Programa de seguridad y salud en el trabajo para sus trabajadores en concordancia con la naturaleza del negocio

en los términos de la legislación laboral.

El presente apartado considera los aspectos de seguridad asociados con la instalación, operación, mantenimiento y seguridad

de las atracciones básicas, siendo responsabilidad de la empresa el cumplimiento de la normatividad que garantice a los

usuarios del espacio la seguridad apropiada, la salud y las prácticas ambientales acordes con los estándares nacionales e

internacionales en la materia.

4. Del registro, requisitos y reconocimiento del Espacio.

4.1. El registro de los interesados será mediante escrito libre dirigido a la autoridad que hace la invitación a participar, que

contenga al menos la siguiente información:

a) Intención de participar en la Invitación.

b) Manifestación expresa de conocimiento y aceptación de los términos de la Invitación.

c) Firma del representante o apoderado legal de la Empresa.

Deberán anexarse en copia certificada los siguientes documentos:

4.1.1. Acta constitutiva de la empresa o documento que acredite la existencia legal de ésta, cuyo objeto social esté

relacionado con el objeto de la Invitación.

4.1.2. Poder notarial (mandato) o documento que contenga o provea las atribuciones del apoderado o representante

legal.

4.1.3. Identificación oficial del representante legal.

El periodo para la recepción de los escritos y/o anexos documentales para el registro comprenderá del 18 de noviembre al

16 de diciembre de 2019.

Dicho escrito y sus anexos deberán presentarse en la oficina de la DGSANPAVA, cuya entrada es por el Acceso 5 ubicado

en Avenida Constituyentes sin número, Primera Sección del Bosque de Chapultepec, Colonia San Miguel Chapultepec,

Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11850, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 horas.

4.2. Los días 6 y 7 de enero de 2020 se llevará a cabo una visita al espacio materia de la presente invitación; que realizará la

DGSANPAVA, asistida de la DGBCH, con los interesados que se hayan registrado en los tiempos y condiciones

establecidas.

4.3. El objeto de la visita será conocer el espacio y la infraestructura existente para la construcción de su propuesta. En su

caso, considerar dentro de la propuesta la infraestructura existente para su rehabilitación, chatarrización o escenografía.

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4.4. En su caso, para solventar dudas, las empresas formularán sus preguntas por escrito, las dirigirán a la DGSANPAVA y

los entregarán en la oficialía de partes de dicha unidad administrativa, los días 13 y 14 de enero de 2020, en horario de

09:00 a 15:00 horas.

4.5. El 17 de enero de 2020 tendrá verificativo la junta para solventar dudas.

5. De la forma de participación.

5.1. Podrán participar las empresas nacionales y extranjeras que reúnan los requisitos legales del marco jurídico mexicano.

5.2. No serán tomadas en cuenta las propuestas de las empresas que incurran en conflicto de intereses en los ámbitos

público, social o privado, así como con cualquier persona física o moral que pueda entrar en conflicto de intereses con el

Bosque de Chapultepec.

6. Presentación de las propuestas.

6.1. Los interesados deberán entregar una carpeta que contenga el Proyecto con la siguiente información:

6.1.1. Propuesta escrita en la que se detalle el proyecto y concepto planteado.

6.1.2. Propuesta del destino que tendrá la infraestructura existente (rehabilitación, chatarrización o escenografía).

6.1.3. Descripción de los trabajos inherentes al proyecto.

6.1.4. Propuesta de esquema financiero, en el que se observará la inversión total, anexando el cronograma de inversión

y recuperación de la misma.

6.1.5. Identificación de los posibles impactos ambientales y urbanos que pudieran presentarse, así como sus

correlativas medidas de mitigación.

6.1.6. Planos arquitectónicos y de instalación en general y el respectivo diseño en versión renders en atención al

espacio, donde pueda observarse la ubicación de las atracciones, instalaciones eléctricas, hidráulicas y la

memoria de cálculo, entre otros.

6.1.7. Descripción de equipos propuestos a emplearse (generadores, luminarias, bombas, digestores, baños, materiales,

insumos y en general todo aquello que haya sido considerado en la propuesta), estimando el empleo de

elementos sustentables.

6.1.8. Propuesta de identidad gráfica.

6.1.9. Las documentales que se indican en el numeral 3 de la presente Invitación.

6.1.10. Constancias que acrediten la capacidad financiera para el desarrollo del proyecto.

6.1.11. La información deberá presentarse en Word en tipo de letra Arial 12 e interlineado 1.5., de manera impresa y

en medio electrónico (memoria USB).

6.1.12. No se aceptará información o documentación posterior a la fecha del vencimiento del plazo para presentar la

propuesta.

6.1.13. Únicamente se evaluarán las propuestas que cumplan con los requisitos de esta Invitación.

6.1.14. Es responsabilidad de los interesados garantizar que las imágenes y archivos finales sean de tamaño y

resolución adecuados para su lectura; asimismo, deben asegurar que todas las imágenes, fotografías y otros

materiales utilizados de otras fuentes sean debidamente autorizados.

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6.2. Anexos

6.1.1. Copia certificada del acta constitutiva de la empresa.

6.1.2. Poder notarial del apoderado o representante legal.

6.1.3. Copia de identificación oficial del representante legal.

6.1.4. Comprobante del domicilio fiscal.

6.1.5. Registro ante el Sistema de Administración Tributaria.

6.3. La fecha de presentación del proyecto será del 20 de enero al 18 de marzo de 2020 ante la oficialía de partes de la

DGSANPAVA.

6.4. El interesado deberá entregar en la Oficina de la DGSANPAVA, ubicada en Avenida Constituyentes sin número,

Primera Sección del Bosque de Chapultepec, Colonia San Miguel Chapultepec, Alcaldía en Miguel Hidalgo, C.P.

11850, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, la carpeta impresa del proyecto y en una memoria

USB, asignándosele un número de folio.

7. Del Grupo Revisor.

7.1. Las propuestas presentadas serán revisadas de forma colegiada por un Grupo Revisor integrado por los titulares o por

quienes éstos designen, de las siguientes Dependencias y Unidades Administrativas:

a) Secretaría del Medio Ambiente.

b) Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.

c) Consejería Jurídica y de Servicios Legales.

d) Dirección General del Patrimonio Inmobiliario de la Secretaría de Administración y Finanzas.

e) Consejo Rector Ciudadano del Bosque de Chapultepec.

7.1.1. Las actividades del cuerpo colegiado, sus sesiones y la emisión de los resultados de la presente Invitación, serán

coordinadas por la Secretaría del Medio Ambiente a través de la DGSANPAVA, que fungirá como Secretario

Técnico.

7.1.2. La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, participará como observador de todo el

desarrollo de la presente Invitación.

8. De la revisión de los Proyectos.

8.1. Será responsabilidad del interesado, hacer entrega de toda la información y documentación requerida en la Invitación,

tanto en medio impreso como electrónico.

8.2. Los proyectos recibidos en el plazo fijado en la DGSANPAVA, se someterán a valoración por el Grupo Revisor y se

publicará en el portal web, el listado final de los números de folios relativos a los proyectos que se evaluarán.

8.3. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación referida en el numeral que antecede, la DGSANPAVA

convocará al grupo revisor a sesionar y determinar el proyecto seleccionado.

8.4. Durante el desarrollo de selección, se tendrá como asesores a expertos nacionales e internacionales en la materia, a

efecto de que emitan su opinión técnica correspondiente.

12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 12 de noviembre de 2019

8.5. Para la revisión de las propuestas se tomará en cuenta, entre otros aspectos:

8.5.1. La creatividad, originalidad, inclusión social, beneficios ambientales y financieros, así como la sustentabilidad

en el diseño.

8.5.2. Se considerará la experiencia en proyectos similares, así como las certificaciones con que cuente.

8.5.3. El Grupo Revisor podrá determinar que NO existe una propuesta elegible, cuando:

a) Los proyectos registrados se consideren inviables, o no sean idóneos para los fines del Bosque de Chapultepec.

b) Exista conflicto de intereses en los ámbitos público, social o privado, así como con cualquier persona física o

moral que pueda entrar en conflicto de intereses con el Bosque de Chapultepec.

Se elegirá el Proyecto que con base en el análisis cuantitativo y cualitativo que el Gripo Revisor haga, así como de la

opinión respectiva del grupo de expertos nacionales e internacionales, se determine que es la mejor propuesta.

9. Elección de la propuesta.

9.1. El Proyecto elegido se dará a conocer a través del Portal Web y también será notificado de forma impresa, a través de

comunicación oficial.

9.2. El Gobierno de la Ciudad de México, por conducto de la Secretaría del Medio Ambiente, celebrará con el interesado

cuyo Proyecto haya resultado elegido, un Acto Administrativo que se traduce en un permiso, para el uso, goce y

aprovechamiento del espacio materia del presente, el cual se otorgará por un periodo máximo de 10 (diez) años, con

opción a prórroga.

9.3 En el acto administrativo arriba citado se contemplará una aportación al Gobierno de la Ciudad de México para su uso

en el mantenimiento del Bosque de Chapultepec, por un porcentaje equivalente hasta el 10% del valor de la

contraprestación que fije la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, a través del avalúo correspondiente; el cual

se actualizará de manera anual.

9.4. Las propuestas no elegidas se pondrán a disposición de las empresas que así lo soliciten, en la oficialía de partes de la

DGSANPAVA durante los 30 (treinta) días hábiles subsecuentes a la publicación del resultado en el Portal Web; una

vez concluido este plazo, dichos documentos serán destruidos.

9.5. El interesado cuya propuesta haya sido elegida, al aceptar las condiciones de la presente Invitación, también acepta

cubrir el costo de elaboración por parte de la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario del dictamen valuatorio

anual a partir del cual se determine la contraprestación económica que el interesado deberá pagar en favor del Gobierno

de la Ciudad de México, por el uso, goce y aprovechamiento del espacio, por el monto y términos que ésta determine.

10. Generalidades.

10.1. La participación en esta Invitación implica la total aceptación de las presentes bases, así como de las decisiones que

tomen las diversas autoridades que integran el Grupo Revisor. La decisión sobre la propuesta elegida será definitiva e

inapelable.

10.2. Cualquier duda o situación no prevista en esta Invitación, será resuelta por la DGSANPAVA.

10.3. Es responsabilidad del interesado, verificar el portal web para posibles o avisos relativos a la presente Invitación.

10.4. Los datos personales recabados serán protegidos de conformidad con la Ley de Protección de Datos Personales en

Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México y la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

Dirigido a

Toda la ciudadanía.

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