Dirección Ejecutiva de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta

Información del puesto

I. Acordar con la persona titular de la Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural, el despacho de los asuntos de su ámbito de competencia y proporcionar la información que, en su caso, ésta le requiera.

II. Emitir y solicitar opiniones, así como coordinar a las autoridades de la administración pública federal, estatal, de la Ciudad de México y sus alcaldías, y demás actores privados y sociales, respecto de las acciones y actividades que se lleven a cabo en la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta.

III. Coadyuvar en el relacionamiento del Gobierno de la Ciudad de México con organismos internacionales y representantes de otros países, para dar cumplimiento al objeto de la Zona Patrimonio Mundial.

IV. Administrar los bienes patrimoniales existentes en la Zona Patrimonio Mundial, descritos a continuación:

A. Bienes patrimoniales productivos

1. Chinampas y zona chinampera

2. Zona agrícola

3. Sistemas Importantes Patrimonio Agrícola Mundial (SIPAM)

4. Sistema productivo chinampero

5. Sistema productivo de milpas.

B. Bienes patrimoniales naturales

1. Zona lacustre, canales, acalotes y apantles.

2. Zonas de humedales y sitios RAMSAR, humedales de importancia internacional.

3. Zonas con reconocimientos internacionales.

4. Hábitat de aves acuáticas y terrestres.

C. Bienes patrimoniales culturales

1. Bienes tangibles

a) Los Cascos Urbanos de los doce poblados rurales.

b) Monumentos históricos y sitios arqueológicos.

c) Vestigios arqueológicos.

2. Bienes intangibles, patrimonio cultural inmaterial

a) Fiestas

b) Tradiciones

V. Representar en los ámbitos local, federal e internacional a las denominadas ciudades declaradas “Patrimonio Mundial de la Humanidad” por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura de las Naciones Unidas (UNESCO), incorporadas en la superficie declarada como Zona Patrimonial Mundial.

VI. Operar en los ámbitos local, federal e internacional el Programa “Ciudades Mexicanas del   Patrimonio Mundial”, respecto de las denominadas ciudades localizadas en la Zona Patrimonio Mundial.

VII. Elaborar el Programa Especial de la Zona Patrimonio Mundial, así como coordinar su ejecución y proporcionar la información conducente para el monitoreo y evaluación de su cumplimiento.

VIII. Proponer y coordinar la elaboración del Plan Maestro de la Zona Patrimonio Mundial, que armonice las disposiciones establecidas en los instrumentos de planeación aplicables a ésta, en términos de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal y la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal.

IX. Formular el Plan Integral de Manejo de la Zona Patrimonio Mundial de acuerdo a los principios señalados por la UNESCO en la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, y armonizar este instrumento con el Plan Maestro de la Zona Patrimonio Mundial.

X. Coordinar con el sector público y privado, organizaciones sociales y sociedad en general, acciones tendentes a salvaguardar los bienes patrimoniales señalados en la fracción IV de este artículo.

XI. Planear, organizar, evaluar y operar las actividades que se lleven a cabo en la Zona Patrimonio Mundial, que guarden relación con los bienes patrimoniales señalados en la fracción IV de este artículo.

XII. Consolidar, ampliar y eficientar las políticas, programas y acciones en materia de investigación, difusión, protección ecológica, conservación, mantenimiento, restauración y desarrollo sustentable en la Zona Patrimonio Mundial.

XIII. Realizar y promover actividades sociales, culturales, artísticas y académicas tendentes a la reservación de la Zona Patrimonio Mundial.

XIV. Las demás que le encomiende la persona titular de la dirección general.