Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural
Información del puesto
I. Promover, fomentar, coordinar y ejecutar estudios y acciones en materia de manejo integral y sustentable de los territorios forestales, la protección, desarrollo, restauración, producción, ordenación, el cultivo, el manejo, la conservación y aprovechamiento de los ecosistemas, la vegetación natural o inducida, restauración y conservación del suelo, agua y otros recursos naturales en el suelo de conservación de la Ciudad de México;
II. Promover y coordinar la participación de las instituciones científicas y académicas, así como de los sectores social y privado, en la realización de estudios y programas para la restauración ecológica, la protección, el fomento y manejo de los ecosistemas.
III. Promover, coordinar y llevar a cabo las acciones de protección, desarrollo, restauración, producción, ordenación, el cultivo, el manejo, la conservación y aprovechamiento de los ecosistemas del Suelo de Conservación, así como administrar y manejar los viveros forestales que correspondan a la Ciudad de México.
IV. Coadyuvar con la Dirección General de Zoológicos y Conservación de la Fauna Silvestre en la elaboración y ejecución del Programa para la Conservación y Manejo de la Vida Silvestre de la Ciudad de México.
V. Coadyuvar con la Dirección General del Sistema de Áreas Naturales Protegidas y Áreas de Valor Ambiental en la elaboración y ejecución del Programa para la Conservación y Manejo de las Áreas Naturales Protegidas de la Ciudad de México.
VI. Participar en la formulación, ejecución, modificación o cancelación de los planes y programas de desarrollo urbano.
VII. Establecer, aplicar y operar estrategias de conservación mediante la promoción, orientación y fomento de programas económicos y apoyos financieros ambientales que estimulen la inversión y la creación de empleos en el Suelo de Conservación.
VIII. Promover, estimular y realizar los estudios tendentes a lograr el desarrollo sustentable en el Suelo de Conservación.
IX. Realizar análisis de viabilidad ambiental de los proyectos productivos (agrícolas, piscícolas, pecuarios y agroforestales) y de conservación que se generen en el Suelo de Conservación.
X. Promover y vigilar en coordinación con las autoridades competentes, el manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales en el Suelo de Conservación.
XI. Realizar estudios de impacto ambiental que permitan identificar, evaluar y describir los impactos ambientales que producen proyectos y acciones en su entorno, así como proponer y emitir opinión sobre la expedición de los permisos, autorizaciones y otros instrumentos jurídicos para el uso o aprovechamiento de espacios e infraestructura en Suelo de Conservación, en apego a la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público y demás ordenamientos jurídicos aplicables.
XII. Emitir opinión sobre el uso de suelo en el Suelo de Conservación.
XIII. Promover y realizar obras de infraestructura para el manejo de recursos naturales requeridos en Suelo de Conservación, así como celebrar los contratos y convenios necesarios para su ejecución.
XIV. Recaudar, recibir y administrar de conformidad con los ordenamientos jurídicos que resulten aplicables, los ingresos que por concepto de productos y servicios se relacionen con las anteriores atribuciones.
XV. Realizar estudios de diagnóstico y prospectivos sobre los ecosistemas atendiendo a su biodiversidad e integralidad, así como proponer estrategias para su conservación.
XVI. Participar en los procesos de regulación de uso y destino del territorio en Suelo de Conservación.
XVII. Participar en la formulación de las políticas y programas que establezca la Secretaría de Turismo del Gobierno de la Ciudad de México para el desarrollo, promoción y fomento del turismo alternativo en Suelo de Conservación.
XVIII. Planear, operar y dirigir el funcionamiento y administración de las áreas destinadas a las ciclovías en Suelo de Conservación, así como realizar las acciones requeridas para su mantenimiento.
XIX. Dirigir, promover y fomentar programas y acciones que estimulen la productividad y rentabilidad de las actividades agrícolas, pecuarias, piscícolas y agroindustriales prioritarias en el Suelo de Conservación, con un enfoque de sustentabilidad que contribuya de manera efectiva al desarrollo rural sustentable y a la contención de la expansión urbana en la zona rural de la Ciudad de México.
XX. Establecer, aplicar y operar estrategias de conservación mediante la promoción, orientación y fomento de la agrobiodiversidad, cultivos agroecológicos y aquellos de mayor importancia productiva y comercial, así como cultivos nativos que estimulen la inversión y la creación de empleos en el Suelo de Conservación.
XXI. Promover y proponer la realización de estudios de viabilidad y sustentabilidad de las actividades agropecuarias y agroforestales en las zonas rurales del Suelo de Conservación.
XXII. Proponer las políticas y programas en materia de promoción y fomento agrícola, pecuario y piscícola en el ámbito rural, con apego a los criterios, lineamientos y demás disposiciones aplicables en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección del ambiente.
XXIII. Promover y fomentar la creación de centros de acopio de productos agropecuarios y acuícolas, impulsando esquemas innovadores de comercialización.
XXIV. Elaborar, actualizar y difundir un banco de información de los proyectos y oportunidades de inversión en los sectores agrícola, pecuario, forestal, de servicios turísticos y producción artesanal, así como un padrón de productores en el Suelo de Conservación.
XXV. Impulsar la gobernanza sobre los recursos naturales, mediante la celebración de acuerdos, planes y convenios entre los diferentes actores del medio rural en la Ciudad de México.
XXVI. Impulsar la planeación territorial de las actividades agropecuarias a corto, mediano y largo plazo, con la participación de la población rural.
XXVII. Promover y coordinar la participación de las instituciones científicas y académicas, así como de los sectores social y privado, en la realización de programas de capacitación, organización, vinculación, innovación, investigación y difusión formativa, para la producción agroecológica y la gestión de cadenas y circuitos cortos de comercialización, que aporten valor agregado y fortalezcan la asociatividad económica, alternativas financieras comunitarias, estrategias de arraigo local y diálogo de saberes culturales en el Suelo de Conservación.
XXVIII. Promover y proporcionar, en coordinación con las instancias correspondientes, asistencia técnica, formación y capacitación (cursos, talleres, foros y diplomados, entre otros), vinculación, innovación y difusión formativa, orientados a la implementación de técnicas agroecológicas de producción, cadenas y circuitos cortos de comercialización y valor agregado en Suelo de Conservación.
XXIX. Impulsar actividades de formación y capacitación, compilación y análisis de información, vinculación, innovación y difusión formativa que contribuyan a regular, promover, fomentar, coordinar y ejecutar acciones en materia de protección, desarrollo, restauración, conservación, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas, suelo, agua y otros recursos naturales, la vegetación natural o inducida, en el Suelo de Conservación.
XXX. Generar y difundir información que contribuya a conocer y evaluar las acciones que se realicen en el Suelo de Conservación frente a las metas e indicadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas.
XXXI. Desarrollar programas y acciones de sensibilización y concientización que promuevan la gestión sustentable de los asentamientos humanos y limiten su crecimiento en el Suelo de Conservación.
XXXII. Participar en el ámbito de su competencia, en la elaboración del Programa General de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México, a través de la regulación y ejercicio de la política pública ambiental local para el ordenamiento territorial.
XXXII. Diseñar, promover y ejecutar acciones de capacitación para la identificación, registro, preservación, protección, revalorización, recuperación, investigación, difusión y enriquecimiento de las prácticas, saberes y conocimientos de los barrios, pueblos originarios y comunidades indígenas sobre la conservación y manejo de los recursos naturales, y la restauración de sus monumentos históricos y sitios arqueológicos, así como la capacitación para el desarrollo, promoción y fomento del turismo alternativo en Suelo de Conservación.
XXXIV. Desarrollar programas y acciones de sensibilización y concientización de la población del área urbana sobre la importancia del Suelo de Conservación.
XXXV. Coordinar el establecimiento y ejecución de la normatividad correspondiente, para conservar y promover las Zonas Patrimonio Mundial de la Humanidad.
XXXVI. Convocar a organizaciones científicas, académicas y especializadas, para que le auxilien en el ejercicio de sus funciones.
XXXVII. Promover donaciones ante las instancias correspondientes para obtener recursos que coadyuven en el cumplimiento de sus funciones.
XXXVIII. Recibir, tramitar, atender, denuncias ciudadanas y en su caso, formular ante la autoridad que corresponda, las denuncias en materia ambiental, relacionadas con el suelo de conservación y áreas naturales protegidas, así como por actos u omisiones que pudieran constituir infracciones, delitos y/o ecocidios, competencia de la Ciudad de México;
XXXIX. Establecer, coordinar, ordenar y ejecutar, de conformidad con la normativa aplicable en materia ambiental para la Ciudad de México, los actos de control, supervisión, verificación, inspección, y vigilancia ambientales en suelo de conservación y áreas naturales protegidas competencia de la Ciudad de México;
XL. Iniciar, tramitar y resolver los procedimientos administrativos derivados de los actos de inspección y vigilancia en el suelo de conservación y áreas naturales protegidas, competencia de la Ciudad de México por probables infracciones e incumplimientos a la normativa ambiental aplicable;
XLI. Imponer las medidas de seguridad, correctivas o de urgente aplicación que sean necesarias, así como las sanciones procedentes por el incumplimiento a la normativa ambiental aplicable en suelo de conservación y las áreas naturales protegidas, competencia de la Ciudad de México;
XLII. Inspeccionar vehículos en tránsito que transporten materias primas forestales maderables y no maderables en suelo de conservación y áreas naturales protegidas, a fin de verificar su legal tenencia y el origen de éstas;
XLIII. Realizar la capacitación, certificación y acreditación de las y los inspectores y vigilantes ambientales en el suelo de conservación y áreas naturales protegidas competencia de la Ciudad de México, adscritos a la Secretaría del Medio Ambiente; y
XLIV. Suscribir los documentos, contratos, convenios y demás instrumentos jurídicos necesarios para el ejercicio de sus atribuciones.
Última reforma: 19-01-2023